Un padre evangélico español acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos después de que tribunales de su país le prohibieran llevar a su hijo a la iglesia, leer la Biblia con él o transmitirle enseñanzas de su fe hasta que el menor cumpliera 12 años. El caso plantea interrogantes sobre los límites de la intervención estatal en las decisiones religiosas dentro del ámbito familiar.

El conflicto comenzó en 2022, cuando la madre del menor solicitó ante un juzgado español tener la autoridad exclusiva para decidir sobre la formación religiosa de su hijo, que entonces tenía seis años.
De acuerdo con la información disponible sobre el caso, el padre llevaba al niño a servicios religiosos evangélicos, compartía con él pasajes de la Biblia y conversaba sobre sus creencias. Posteriormente, un tribunal de Alcobendas determinó que la madre tendría la autoridad exclusiva sobre las decisiones relacionadas con la educación religiosa del menor hasta que este alcanzara los 12 años. La resolución también impidió al padre continuar con esas actividades junto a su hijo.
La decisión fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid en enero de 2023. Según los antecedentes del caso, el tribunal consideró, entre otros aspectos, que los padres no habían establecido ese tipo de formación religiosa para el niño mientras convivían y que el padre podía continuar practicando su religión de manera individual, pero sin involucrar al menor.
El padre presentó entonces una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. La institución comunicó el caso al Gobierno español el 11 de junio de 2026, lo que significa que solicitó explicaciones a las autoridades españolas sobre las circunstancias de la medida adoptada.
Entre las cuestiones planteadas está determinar hasta qué punto el principio de neutralidad religiosa del Estado puede aplicarse a las decisiones que los padres toman dentro de su propia familia y si las restricciones impuestas estuvieron respaldadas por elementos que demostraran que las prácticas religiosas del padre perjudicaban al menor.


